Recaudadores ponen el ojo en el impuesto a la placa para activarlo

Técnicos oficiales hablan de la posibilidad de aplicar otros impuestos aprobados en la reforma fiscal del año 2012

¿Activará el Gobierno para el próximo año el Impuesto de Circulación Vehicular (placa) aprobado en base al 1 % sobre el valor del vehículo y el mono tributo de RD$12,000 anuales para las ventas minoristas?

La decisión no está definida. Solo se ha contemplado dentro de un abanico de posibilidades que los técnicos del Ministerio de Hacienda y de la Dirección General de Presupuesto (Digepres) han estudiado y plasmaron en el informe “Panorama Macroeconómico 2022” que rindieron en julio pasado.

En la reforma fiscal que se aprobó en noviembre del 2012 se aprobaron una serie de impuestos y aumentos de tasas que han quedado sin aplicación y en los presupuestos de los años del 2014 hasta el 2021, las autoridades responsables de aplicarlos han comunicado al Poder Legislativo que no los cobrarían. En esas comunicaciones, hechas a modo de dispensas, el MH y la Digepres también han informado la necesidad de seguir aplicando tasas e impuestos que debieron cesar por el tiempo para su vigencia, pero que por no haberse logrado metas de presión tributaria fijadas por la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, no han sido eliminados. La tasa del 18 % del ITBIS y el Impuesto a los activos son los casos más importantes de cobros prorrogados.

En las proyecciones que hacen los expertos del MH y la Digepres, para la política de ingresos analizada para el 2022, no hay una decisión firme. Ni se aprueba ni se rechaza. Solo se ha explorado el tema. “Existe la posibilidad de implementar algunas de las acciones pendientes de ejecución y aplicación de la Ley No. 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, de fecha 9 de noviembre del 2012”, dice el análisis que fue remitido como informe al Senado.

No identifica cuáles serían los impuestos que serían activados, pero en los diferentes años en los mandatos de la ley 253-12, se ha identificado el impuesto a la placa, el monotributo, entre otros. Son los de mayor capacidad recaudatoria, por lo que se infiere que se trata de las figuras impositivas a las cuales las autoridades fiscales le están echando la vista porque además del rendimiento de recaudación que implican, no necesitan aprobación congresional, sino activación. La desactivación es por el año del Presupuesto General al que se le asigne, y al finalizar ese ejercicio cesa la pasividad. Para mantenerla debe ser notificada nuevamente en el nuevo proyecto de Presupuesto. Fuente El cARibe