Tribunal destapa “fondos sucios” en campañas del PLD… pero la ley impide sanciones

El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional estableció que Juan Alexis Medina Sánchez utilizó fondos de procedencia ilícita para financiar actividades políticas del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), según consta en la sentencia del Caso Antipulpo presentada por Diario Libre. Pese a ese hallazgo, el propio fallo aclara que, debido a las disposiciones actuales de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, no es posible imponer sanciones penales por ese tipo de financiamiento irregular.

Las juezas determinaron que Medina, junto a Wacal Vernabel Méndez, aportó recursos generados por un esquema empresarial ilícito y que esos fondos no fueron reportados a la Junta Central Electoral, señalando esta práctica como una «grave vulneración» a las normas de transparencia en materia electoral.

El tribunal explicó que la legislación vigente únicamente penaliza a quienes reciben ese dinero en representación del partido político, no a quienes lo entregan desde fuera. Por esa razón, aunque se estableció que el PLD recibió aportes ilegales entre 2012 y 2020, la responsabilidad penal no puede recaer sobre los procesados.

El expediente detalla que Alexis Medina dirigió un entramado que defraudó al Estado y lavó activos durante ese período, conforme a la evidencia presentada en el juicio. La ausencia de sanciones por este tipo de financiamiento ha reactivado el debate sobre la necesidad de revisar la normativa electoral.

En su jurisprudencia, el Tribunal Constitucional ha reiterado que la información estadística de carácter público debe ser accesible para la ciudadanía. La sentencia del Caso Antipulpo podría influir en las discusiones futuras sobre control, regulación y transparencia del financiamiento político en República Dominicana.