El Tribunal Constitucional (TC) ha concluido que el Ministerio de Trabajo ha violado los principios de separación de poderes, legalidad y seguridad jurídica establecidos en la Constitución al emitir una resolución que regula el trabajo doméstico. El TC considera que el Ministerio de Trabajo ha usurpado funciones legislativas al emitir esta resolución.
El Tribunal Constitucional también ha señalado que la resolución del Ministerio de Trabajo invade áreas que la Constitución reserva exclusivamente a la ley, según lo establecido en el artículo 62, numeral 7 de la Constitución.
El TC reafirma su precedente de que los reglamentos y resoluciones están subordinados a la ley, y argumenta que el poder del ministro de Trabajo está sujeto a la normativa legal establecida por el legislador.
El TC ha determinado que la resolución del Ministerio de Trabajo ha modificado aspectos fundamentales de las disposiciones legislativas, algo que no se puede hacer a través de este tipo de normas. El TC sostiene que la facultad del ministro de Trabajo se limita a emitir disposiciones residuales y subordinadas.
El Tribunal Constitucional ha concluido que la resolución del Ministerio de Trabajo sobre el trabajo doméstico ha violado principios constitucionales y ha usurpado funciones legislativas, al modificar aspectos que solo pueden ser regulados por ley.