TC confirma condena por lavado de activos contra Nelson Rizik Delgado

El Ministerio Público valoró positivamente la sentencia del Tribunal Constitucional que ratifica la condena firme contra Nelson Rizik Delgado, sentenciado a cinco años de prisión por lavado de activos.

Rizik Delgado, quien fue procesado junto a su hermano, ya condenado a diez años, vio confirmada su sentencia el 31 de agosto de 2023 por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia. Esta instancia eliminó la acusación por narcotráfico de su expediente, pero mantuvo la condena de cinco años por lavado de activos relacionados con su coimputado.

La decisión del Tribunal Constitucional respalda el fallo de la Suprema Corte, que a su vez confirma las resoluciones de primera y segunda instancia donde a Nelson Rodríguez Rizik se le impuso una condena de cinco años de prisión suspendida y una multa equivalente a 50 salarios mínimos.

Además, la sentencia avala el decomiso a favor del Estado dominicano de varios bienes muebles e inmuebles, entre ellos una finca de siete mil tareas ubicada en Rancho Cacique, Comunidad Ana Santana, municipio Sabana Grande de Boyá.

La resolución del Tribunal Constitucional, contenida en la Sentencia TC/1046/24 del 30 de diciembre de 2004, fue notificada recientemente a Ramona Nova Cabrera, procuradora de corte interina de la Procuraduría Especializada contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Al referirse a la decisión, Nova Cabrera destacó que esta “respalda las acciones del Ministerio Público contra el crimen organizado” y que “está en consonancia con las sanciones que deben de recibir el tipo de conductas en que incurrieron los acusados, completamente reprochables en la sociedad dominicana”.

El fallo confirma la condena por violación de los artículos 3, literales a y b; 4, 8, letra b; 18, 21, letra b; y 26 de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras infracciones graves.

Los tribunales de primera y segunda instancia, con base en las pruebas presentadas por el Ministerio Público, establecieron la participación de Nelson Rizik Delgado en el encubrimiento de actos ilícitos cometidos por su hermano. Entre estos actos figuró la administración y registro a su nombre de bienes muebles e inmuebles, la firma de documentos públicos y la recepción de dinero como si fuera suyo, además de la celebración de acuerdos y representación legal de su hermano.

Una jueza disintió

En la Sentencia TC/1046/24, la jueza Alba Luisa Beard Marcos emitió un voto disidente, señalando que sus colegas Napoleón R. Estévez Lavandier (presidente), Eunisis Vásquez Acosta, José Alejandro Ayuso, Fidias Federico Aristy Payano, Sonia Díaz Inoa, Army Ferreira, Domingo Gil, Amaury A. Reyes Torres, María del Carmen Santana y José Alejandro Vargas Guerrero cometieron una “errada interpretación respecto a la determinación de plazo razonable”.

“A nuestro modo de ver, esta sede constitucional debió acoger el recurso de revisión en cuestión, y anular la sentencia de la Suprema Corte de Justicia”, expresó Beard Marcos en su voto disidente.

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