SUICIDIO FEMICIDA

Esta figura no esta incluida en el Código Penal que comienza a partir de agosto 26 y que contiene penas muy severas para delitos como, las relaciones sexuales forzadas entre parejas.

Chile tiene ese tipo penal y logró su primera condena contra un hombre acusado de violar y maltratar física y verbalmente a su esposa, la cual se suicido, pagará su sanción de 5 años, fuera de la cárcel, bajo la modalidad de “libertad vigilada intensiva”.

Esta figura, ni ninguna otra similar, fue contemplada por el legislador para incluirla en el instrumento que castigará una serie de delitos y que evidentemente, no procura la reinserción, determina prisión.

La libertad vigilada intensiva, se creo por varios motivos y uno que expresa nuestra realidad, la necesidad de reducir el hacinamiento carcelario, teniendo en cuenta que el sesenta por ciento está en condición preventiva, una dolorosa y verdadera injusticia más!