Medio Ambiente prohíbe fondeo de embarcaciones en la bahía de Ocoa, para así proteger Parque Nacional

El Ministerio apuntó que la prohibición fue establecida mediante la Resolución No. 045-202, firmada por el titular de la cartera, Orlando Jorge Mera.

SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales informa este jueves que prohibió el fondeo de embarcaciones de carga y todo tipo de plataformas en la bahía de Ocoa, dentro de Ia zona marina y el área de amortiguamiento del Parque Nacional Francisco Alberto Caamaño Deñó, con el fin de continuar protegiendo la vida marina, “amenazada por este tipo de naves cerca de dicha área protegida”.

A través de un comunicado, el Ministerio apuntó que la prohibición fue establecida mediante la Resolución No. 045-202, firmada por el titular de la cartera, Orlando Jorge Mera.

Destacó que “no se otorgarán ni se renovarán permisos ambientales a ninguna entidad para que sus embarcaciones permanezcan en esta zona, por lo que en conjunto con la Armada de República Dominicana (ARD), en su condición de Policía General de Puertos, Fondeaderos y Costa de República Dominicana, tomarán las medidas administrativas y se emitirán los avisos a los navegantes y a los organismos internacionales vinculados a las actividades marítimas para evitar futuros fondeos”.

“Como lo establece la Ley General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales No. 64-00, las violaciones a la presente Resolución serán sancionadas y se mantendrá un constante monitoreo encabezado por los Viceministerios de Costeros y Marinos y Áreas Protegidas y Biodiversidad”, indicó.

La institución medioambiental señaló que “estas y otras medidas son necesarias para alcanzar un balance entre el uso y la protección de áreas de conservación en el ámbito marino, con un ordenamiento coherente y con la visión del Estado de la protección de estos ecosistemas”.

El Parque

El Parque Nacional Francisco Alberto Caamaño Deñó fue creado mediante el decreto No. 571-09, de fecha 7 de agosto de 2009, y en Ia actualidad, está amparado en la Ley General de Medio Ambiente 64-00 y La Ley Sectorial de Áreas Protegidas 202-04, por lo tanto, es una unidad de conservación incorporada al Sistema Nacional de Áreas Protegidas.-