La DGII hará pública la lista de deudores con casos judicialmente cerrados

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó este jueves que, a partir del 1 de enero de 2025, publicará en su página web los nombres de los contribuyentes con deudas tributarias que, después de 30 días de una sentencia judicial, no hayan cumplido con el pago correspondiente.

La DGII aclaró que solo se incluirán en la publicación las deudas que estén respaldadas por sentencias definitivas, es decir, aquellas dictadas y notificadas por los tribunales competentes, que al quedar firmes se consideran «deudas firmes». Estas sentencias estarán disponibles en el portal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

El organismo también explicó que, dado que estas sentencias ya han agotado todos los procedimientos judiciales, no se aplica la reserva establecida en el artículo 47 del Código Tributario para estos casos.

Además, la DGII señaló que en la publicación se incluirán tanto a los deudores como a los responsables solidarios de las deudas, conforme al artículo 11 del Código Tributario, modificado por la Ley 25-24.

Finalmente, la existencia de una «deuda firme» afectará negativamente el scoring tributario del contribuyente, un sistema utilizado para medir el nivel de cumplimiento de las obligaciones fiscales.