Los jueces de la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito recesaron para mañana martes la audiencia de conocimiento del recurso de apelación parcial interpuesta por el Ministerio Público a la sentencia mediante el cual el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a cinco años a Víctor Díaz Rua y absolvió a Conrado Pittaluga en el caso Odebrecht.
La procuradora de corte Mirna Ortiz, coordinadora de Litigación de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción (Pepca), explicó que uno de los principales motivos para que esa corte acoja la apelación parcial de la decisión es la contradicción que existe en la sentencia.
«En base a los mismo hechos y las mismas pruebas presentadas en contra de Ángel Rondón se produce una condena, sin embargo; cuando se trata de Conrado Pittaluga y de Víctor Díaz, estas mismas pruebas no surten los mismos efectos por lo que hay una contradicción», dijo.
Asimismo detalló también que el Primer Tribunal Colegiado tuvo un error en la valoración de las pruebas al momento de analizar el tipo penal de lavados de activos en contra de Víctor Días Rúa, quien no fue condenado por esas imputaciones, sino solo por enriquecimiento ilícito.
«Ese fue otro de los medios que esbozamos en el tribunal y que tal como ustedes vieron punto por punto, estableciendo las pruebas que presentamos y las motivaciones de las juzgadores, establecimos porqué esta corte debe revocar la decisión y dar su propia sentencia» expresó.
A su entender, en este proceso la corte debe, con los hechos fijados en la acusación y el aporte realizado en el recurso, abocarse a dar su propia sentencia que es la condena de ambos imputados.
En el caso de Víctor Díaz Rúa acogiendo las imputaciones por lavado ya que solo fue sentenciado por enriquecimiento ilícito, por lo que piden diez años de prisión y siete años para Pittaluaga por lavado de activos proveniente de hecho de soborno.