Este lunes, la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional dictó una decisión que anula la sentencia que había absuelto a la venezolana Karla María Moya Boada y a la persona jurídica Laser Point Rejuvenation Center. La Corte ordenó la realización de un nuevo juicio para revisar nuevamente las pruebas presentadas en su contra.
En la sentencia original, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional había declarado a Moya Boada no culpable de ejercer la medicina estética sin la debida autorización del Ministerio de Salud Pública en el mencionado centro. La acusación se basaba en una violación del artículo 156, numeral 7 de la Ley Núm. 42-01 de Salud Pública, que sanciona económicamente a quienes infringen esta disposición, con multas que pueden llegar a los 25 salarios mínimos.
El tribunal de primera instancia había considerado que la acusación no estaba debidamente probada y eximió a Moya Boada de responsabilidad penal y del pago de las costas procesales, que, en ese caso, deberían haber sido asumidas por el Estado dominicano.
Sin embargo, la Corte de Apelación revocó esta decisión y ordenó un nuevo juicio, donde se debe realizar una revisión exhaustiva de las pruebas. Además, el caso será trasladado a un tribunal diferente al que emitió la sentencia anulada, en cumplimiento con lo dispuesto por el Código Procesal Penal.
El fallo establece que el proceso estará exento del pago de costas y que la notificación a las partes involucradas será realizada por la secretaría interina de la Corte de Apelación.
Este fallo fue emitido por los magistrados Doris Josefina Pujos Ortiz (presidenta), Rafael A. Báez García (juez) y Kenya S. Romero (jueza suplente), con la secretaria interina Leslie Esmeralda Fernández Calderón.