La Alcaldía de Santo Domingo Este emitió la ordenanza 05-2024, que establece la obligatoriedad del registro de los residentes en ese municipio.
De acuerdo con la ordenanza, el registro debe ser gestionado por las juntas de vecinos y actualizado anualmente con el fin de mantener un control preciso sobre los ciudadanos dentro de cada sector.
El Segundo Artículo del documento establece que se debe elaborar un formulario en el que se incluya información como el nombre de los miembros del hogar, su dirección, contacto, situación económica, información sobre ayudas sociales, entre otros. Este formulario deberá ser entregado tanto en formato físico como digital al Departamento de Registro Civil.
En áreas donde no existan juntas de vecinos, el proceso de registro será gestionado por los promotores de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
Asimismo, el Artículo Tercero de la ordenanza señala que los propietarios de inmuebles alquilados deberán notificar al presidente de la junta de vecinos de su sector, quien a su vez debe enviar esta información al Registro Civil del Ayuntamiento, incluyendo una copia del contrato de alquiler y la cédula de identidad de los inquilinos.
Además, el documento especifica que los extranjeros que se encuentren en tránsito en el municipio no podrán permanecer más de 30 días, con posibilidad de renovación por un período similar. Este proceso debe ser notificado al Ayuntamiento por la persona que acoja al extranjero, quien será responsable de cumplir con las normas y leyes, convirtiéndose en garante legal de su huésped.