El 83% de las condenas por corrupción en el segundo trimestre de 2019 fueron condenas

Los tribunales de toda España concluyeron en el segundo trimestre de 2019 un total de 15 procedimientos por corrupción, en los que emitieron una orden para abrir un juicio oral o enjuiciamiento contra 92 personas, que fueron o serán llevados a juicio por tales delitos. Además, en ese momento el 83% de las condenas dictadas eran condenas.

Esto es revelado por el repositorio de datos sobre procedimientos de corrupción del Consejo General de la Judicatura después de la incorporación de la información correspondiente al segundo trimestre del año, que también incluye el número de personas jurídicas contra quienes se emitió el juicio oral durante ese período, que fueron quince.

Entre el pasado 1 de abril y el 30 de junio, los tribunales emitieron 30 sentencias en procesos de corrupción, de las cuales 25 fueron total o parcialmente condenatorios, que representa el 83% del total.

La información ofreció detalles, dentro de las condenas, aquellos que han estado con y sin conformidad, así como condenas parciales (tanto porque no han sido condenados por todos los delitos por los que fueron acusados ​​o porque no han sido condenados a la totalidad de el acusado).

El repositorio está disponible públicamente en la web. & # 39; www.poderjudicial.es & # 39; y permite a los ciudadanos conocer la acción de la Justicia en el marco global de la lucha contra la corrupción a través de sus principales indicadores: acusados ​​y / o procesados, procedimientos, sentencias, etc., que se actualizan trimestralmente.

La información ofrecida por el repositorio corresponde a la llamada corrupción pública, entendiendo que esto es lo que mayores tasas de preocupación Causa en la ciudadanía. Por lo tanto, los procedimientos judiciales cuyos datos se reflejan en el repositorio tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, gobernantes y políticos en el ejercicio de sus cargos, y como uno de los elementos del tipo la participación del dinero público, abarcando tanto la corrupción administrativa como corrupción política.

Estos fenómenos están incluidos en el Código Penal como delitos de prevaricación urbana (artículos 320 y 322), prevaricación administrativa (art. 404, 405 y 408), infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (art. 413, 414, 415 , 416, 417 y 418), soborno (art. 419, 420, 421 y 422), tráfico de influencias (art. 428, 429 y 430), malversación de fondos (art. 432, 433, 434 y 435), fraudes y cargos ilegales (art. 436, 437 y 438), las negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y los abusos en el ejercicio de su función (art. 439, 441, 442 y 443) y la corrupción en las transacciones comerciales internacionales (artículo 286 ter).

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