Diputado de Alianza País propone eliminar 1,164 cargos municipales

Pedro Martínez explicó que la existencia de estos sustitutos carece de funcionalidad y en el pasado ha sido fuente de conflicto entre el titular y el suplente de la curul

El diputado nacional del partido Alianza País Pedro Martínez presentó este lunes una propuesta para eliminar el cargo de suplentes de regidores de la Constitución de la República.

En el marco de la discusión que se lleva a cabo en el Congreso Nacional sobre la reforma constitucional, el legislador depositó ante la comisión bicameral apoderada del tema, un proyecto para modificar el artículo 201 de la Carta Magna (que contempla la figura de las suplencias para regidores).

«Con esta propuesta estamos buscando la eliminación de 1,164 candidaturas al cargo de suplentes de regidores. Además, se propone incluir un párrafo en el cual se establece el mecanismo de sustitución de los regidores en los casos de vacantes que pudieran producirse, similar al que sucede con los senadores y los diputados», dijo.

Martínez explicó que la existencia de estos sustitutos carece de funcionalidad y en el pasado ha sido fuente de conflicto entre el titular y el suplente de la curul.

La iniciativa del legislador busca la supresión de la frase «estos tendrán suplente» (del referido artículo), lo que eliminaría 1,164 candidaturas al cargo en todo el país.

Los suplentes son llamados a sustituir a los regidores o regidoras en los gobiernos locales, en caso de que estos mueran o por alguna razón estén impedidos de desarrollar sus funciones. Por cada regiduría del país hay un suplente, aunque estos no son asalariados.

La escogencia de los suplentes es atribución de los partidos políticos quienes los presentan en la lista de las candidaturas a cargos de elección popular previo a las elecciones municipales.

Proceso de sustitución

Martínez establece un nuevo mecanismo para la sustitución de los regidores en casos de vacantes. De acuerdo a su proyecto, al igual que con los legisladores (senadores y diputados), el vacío debe ser cubierto a través de una terna presentada por el partido político que obtuvo la regiduría en los comicios inmediatamente anteriores.

De no enviarse la terna dentro de los 30 días estipulados, la sala capitular del ayuntamiento tendría la facultad de nombrar un sustituto.

Según el diputado, esta medida también contribuirá a los partidos políticos, ya que reduciría la dedicación de recursos y esfuerzos en la elección de suplentes que no tienen otra función que sustituir al titular en caso de ausencia.