La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) suspenderá el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) a las personas físicas y jurídicas que todavía no hayan presentado sus declaraciones de impuestos en los últimos 24 meses de manera consecutiva, “o que en el período antes mencionado no hayan pagado los impuestos no declarados”.
La información, dada a conocer a través del Aviso 24-21 establece que, además de esta sanción, los contribuyentes tendrán el estatus de incumplimiento de los impuestos pendientes de pagar y los no declarados, en adición a las omisiones que se le generen posteriores a la suspensión del RNC.
Tampoco podrán recibir la autorización de nuevos números de comprobantes fiscales (NCF) y tendrán limitantes para realizar trámites ante Impuestos Internos, como es el caso de la emisión de certificaciones.
La entidad pública fundamentó estas sanciones en lo establecido en los artículos 50, 253,254,255,256 y 257 del Código Tributario Dominicano.
“Para regularizar su situación, los contribuyentes deben realizar la presentación y el pago de todas las declaraciones juradas pendientes y enviar a través de la Oficina Virtual los formatos de envío correspondientes y que estén pendientes por los últimos tres años”, concluye el aviso.