El Poder Ejecutivo de la República Dominicana ha emitido el decreto 281-23, que prohíbe la captura, pesca y venta de varios tipos de peces herbívoros arrecifales en todo el país por un período de dos años. Esta veda afecta a varias especies, incluyendo los peces loro, jabón, butú, cotorra, doctores, cirujanos, ángeles, mariposas, pepinos de mar y holoturias.
El decreto solo permite la recolección de especies de holotúridos (un tipo de pepino de mar) para fines de investigación o estudios científicos, y solo en proyectos autorizados por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Además, el decreto reitera la prohibición permanente de la pesca de anguillidae (anguilarosatrata) en todas las etapas de su desarrollo, incluyendo las angulas, y de cualquier otra especie de fauna dentro de las unidades del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y sus zonas de amortiguamiento.
Finalmente, el decreto también prohíbe el uso de compresores de buceo para la pesca diurna o captura nocturna de especies acuáticas en todo el país.