La Cámara de Diputados ha aprobado la modificación de la Ley 137-03, que regula el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas, enfocándose en reformar los artículos 3 y 7 de esta legislación. Ahora, el texto legal se remite al Poder Ejecutivo para su promulgación.
La propuesta de modificación fue enviada por el Poder Ejecutivo al Congreso y, tras ser aprobada en la Cámara de Diputados, pasó al Senado, donde también recibió modificaciones. Esto llevó a que los diputados debieran revisarla nuevamente.
En la carta de motivación presentada al Congreso, el Poder Ejecutivo explicó que la iniciativa tiene como objetivo modificar el artículo 3 para brindar mayor seguridad y protección a niñas, niños y adolescentes, quienes son particularmente vulnerables a la trata de personas. Esto responde al deber del Estado de implementar medidas para prevenir y combatir esta problemática.
Además, se busca fortalecer la norma en relación a la persecución de la trata, que afecta desproporcionadamente a este grupo etario, exponiéndolos a situaciones de explotación sexual, trabajos forzados y esclavitud, lo que representa graves violaciones a los derechos humanos consagrados en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados por la República Dominicana.
La modificación al artículo 3 estipula que se considera delito de trata de personas la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas mediante coerción, engaño, abuso de poder, entre otros métodos, para multas de explotación.
La reforma también introduce el artículo 3.1, que establece penas de 10 a 20 años de prisión y multas que oscilan entre 150 y 300 salarios mínimos del sector público para quienes cometan este delito.
En cuanto al artículo 7, se modificó para establecer que, en caso de muerte de las personas involucradas en la trata o si la víctima sufre daños físicos o psíquicos, se aplicará una pena adicional de cinco años de prisión y multas de 175 a 300 salarios. mínimos del sector público. Si las acciones agravantes involucran a personas con inmadurez psicológica, discapacidad o niños, niñas o adolescentes, la pena de reclusión se incrementará a un rango de 20 a 30 años, con multas de 200 a 400 salarios mínimos del sector público.
Al finalizar la sesión, el presidente de la Cámara de Diputados anunció que se convocará a los legisladores para la próxima reunión.