El Congreso Nacional está apoderado de un proyecto de ley con el que el Gobierno del presidente Luis Abinader procura cumplir con los compromisos contraídos por el país luego de la firma del acuerdo de Palermo. Esta propuesta de ley sobre la Trata de Personas, Explotación y Tráfico Ilícito de Migrantes protege a los menores y personas que han sido esclavizadas.
En diciembre del 2000, la República Dominicana, junto a otros 147 países, asistió a Palermo, Italia, para participar de una conferencia política de alto nivel para la firma por parte de los Estados de la nueva Convención de Naciones Unidas Contra la Delincuencia Transnacional Organizada, incluida la República Dominicana.
Dominicana también firmó el protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia junto a otros 79 países y, además, firmó el protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
Según el Departamento de Estado de Estados Unidos, el Gobierno de la República Dominicana «no cumple plenamente las normas mínimas» para la eliminación de la trata de personas, pero está llevando a cabo esfuerzos significativos para lograrlo.
Esta consideración está contenida en el Informe sobre la Trata de Personas 2022 donde se destaca que el gobierno demostró un incremento general de los esfuerzos en comparación con el período del informe anterior y que se mantuvo en el nivel 2.
“El gobierno no aprobó la revisión de la ley de trata para eliminar el requisito de probar la fuerza, el fraude o la coerción de las víctimas de la trata sexual a menores de 18 años; no financió adecuadamente los esfuerzos contra la trata; no proporcionó suficiente formación, recursos y tecnología a los funcionarios, especialmente fuera de la capital; y no completó un nuevo Plan de Acción Nacional (PAN). Los servicios gubernamentales disponibles para las víctimas, especialmente los hombres, siguieron siendo inadecuados”, dice el informe.
No beneficiará a migrantes ilegales
Los inmigrantes ilegales en la República Dominicana no se beneficiarán de los programas de atención, asistencia y protección establecidos en el proyecto de Ley Integral sobre Trata de Personas, Explotación y Tráfico Ilícito de Migrantes, sometido por el presidente Luis Abinader al Senado de la República el pasado 12 de diciembre, ni tampoco podrán aprovechar el principio de no devolución que está limitado a las víctimas de trata de personas en la misma ley.
Los citados beneficios corresponden a las víctimas de trata de personas, que son aquellas personas que han sido sometidas a captación y retención, mediante el uso de violencia, por un individuo o grupo delictivo con fines de explotación o esclavitud.
Este proyecto consta de 95 artículos. Ninguna de estas disposiciones es nueva para la legislación dominicana, que las incorporó el 10 de diciembre de 1977, por la resolución número 694 del Congreso Nacional y establecidas en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951.
Acuerdo firmado por el país
Entre los acuerdos internacionales firmados por el país está el protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños que en su artículo 7 manda: “Además de adoptar las medidas previstas en el artículo 6 del presente Protocolo, cada Estado Parte considerará la posibilidad de adoptar medidas legislativas u otras medidas apropiadas que permitan a las víctimas de la trata de personas permanecer en su territorio, temporal o permanentemente, cuando proceda”.
El artículo 9 establece que los Estados Parte establecerán políticas, programas y otras medidas de carácter amplio con miras a “Prevenir y combatir la trata de personas; y proteger a las víctimas de trata de personas, especialmente las mujeres y los niños, contra un nuevo riesgo de victimización”.