España ha marcado el camino con la ‘Ley Rider’. Tras un año de debate, el Parlamento Europeo finalmente ha votado a favor de mantener el texto tal y como estaba marcado, lo que implica que la futura ley europea sobre las plataformas de trabajo digitales será equivalente a la de nuestro país. Una victoria para quienes defienden que los repartidores deben ser empleados y no autónomos.
Acuerdo para la ‘Ley Rider europea’. Había dudas sobre qué modelo se impondría. Por un lado estaba el propuesto por países como España y por otro un modelo más abierto con trabajadores autónomos, al estilo francés.
Finalmente se ha optado por asumir que existirá una relación laboral entre estos trabajadores y la empresa. Una presunción de laboralidad que múltiples jueces en Europa han concluido y que próximamente pasará a ser ley para intentar que se aplique siempre y no haya que ir caso por caso en los tribunales.
A finales de 2023 quedará fijado para todos. Las bases están puestas, pero la ley no se materializará hasta el año que viene. Se espera que para finales de 2023 o principios de 2024 llegue la aprobación definitiva con todos los detalles. Si bien, ya se ha votado la estructura principal que tendrá esta ley sobre las plataformas de trabajo. Una ley que además de establecer la relación laboral, tratará sobre el uso de los algoritmos y la IA para evaluar y monitorizar a los trabajadores.
Varias empresas del delivery siguen en contra. Con la excepción de algunas compañías como Just Eat, que sí están a favor del modelo aprobado, la mayoría de empresas de reparto siguen defendiendo el modelo de autónomos para los riders. En España tenemos el caso particular de Glovo, que ya ha sido multada con 79 millones de euros. La batalla que hasta ahora se ha mantenido en España adquirirá una nueva dimensión una vez se apruebe la ley europea.
No solo Riders, sino todos los trabajadores digitales. Un aspecto principal del acuerdo es que la regulación europea no es solo para repartidores. Hablamos de «Ley Rider europea», pero va mucho más allá. La ley regulará la figura de repartidores, conductores de VTC pero también de mensajeros, limpiadores y el resto de trabajadores que tengan una relación con empresas digitales de la llamada «economía colaborativa».
Esto implicará que esos trabajadores tendrán derechos igual que el resto, desde pertenecer a un sindicato hasta el derecho a paro, así como tener un salario concreto, un tiempo definido de trabajo y una reglas claras.
Todavía podrán haber autónomos. La regulación europea sí permite que haya repartidores autónomos, pero de base se asumirá que no lo son. Será responsabilidad de la empresa demostrar que cada empleado concreto es un caso particular de trabajador autónomo. Hasta la fecha se asumía que si no había un contrato laboral no eran empleados, ahora será al revés. Si no hay demostración que son autónomos, se les considerará empleados. España ha servido como prueba piloto para Europa. Y parece que ha convencido al resto de países.