El Código Penal

📚El Código Penal

En su artículo 136, establece pena muy severa por una relación sexual no consentida en la pareja.

Es un delito “ la actividad sexual» no aprobada en el matrimonio o pareja de cualquier categoría, léase querida o amante.

Pena de prisión de 10 a 20 años y multa de 20 a 30 salarios mínimos del sector público, una barbaridad.

Hay que admitir, que hombres borrachos o drogados pueden forzar a sus mujeres, pero no creo que pueda decirse que constituyen la mayoría.

Esto es muy serio y, la nueva pieza evidencia que los legisladores fueron influenciados y establecieron un código no reformador y hecho para una sociedad, que claramente, no es la dominicana.

La sagrada institución del matrimonio, corre más peligro que nunca, con el bendito código.