Prohibición del vudú en espectáculos sigue intacta tras fallo del TC

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 391, vigente desde 1943, que sanciona los espectáculos de vudú con penas de hasta dos años de prisión. Esta legislación, instaurada durante la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo, ha sido criticada por su carácter discriminatorio hacia prácticas religiosas de origen afrodescendiente.

La acción fue presentada por la Asociación Identidad Dominicana (Idedom) y la Fundación Nacional del Vudú, aunque esta última fue excluida del proceso por no contar con personería jurídica, conforme certificó la Procuraduría General de la República.

El TC declaró inadmisible la acción porque los demandantes no precisaron cómo la norma afecta derechos constitucionales, por lo que el tribunal no llegó a analizar el fondo de la controversia.

Idedom argumentó que la ley vulnera derechos fundamentales como la libertad de culto, de conciencia, de expresión y de asociación, además de violar el principio de igualdad y no discriminación. Sostuvieron que la norma establece “una distinción arbitraria basada en religión, raza y cultura”, en perjuicio de quienes practican el “voudou” o “luá”.

La Ley 391, aprobada bajo el régimen trujillista, califica los rituales vudú como “espectáculos orgiásticos”, considerándolos ofensivos a las buenas costumbres y la identidad dominicana. Las sanciones incluyen prisión, multas, vigilancia especial y hasta la deportación. También otorga a los alcaldes comunales la facultad de intervenir en estos casos y autoriza la destrucción de los objetos utilizados en dichas prácticas.

La práctica del vudú ha sido motivo de controversia en años recientes. En 2022, las autoridades prohibieron actividades de gagá en San Pedro de Macorís alegando incidentes violentos, lo que generó críticas de sectores culturales que defienden la libertad religiosa y la herencia afrocaribeña.

Desde la Fundación Nacional del Vudú calificaron la ley como “una reliquia autoritaria que limita la fe y la identidad cultural de muchos ciudadanos”. Además, aseguraron que “el vudú es una creencia ancestral afrocaribeña, y su prohibición contradice los principios democráticos actuales”.

Aunque el TC rechazó la acción, la decisión revive el debate sobre la permanencia de leyes promulgadas bajo gobiernos autoritarios y su adecuación a la Constitución de 2010, que garantiza la libertad de culto y el respeto a la diversidad cultural en un sistema democrático.