Elizabeth Silverio condenada a 7 años de prisión y 2 millones por cada víctima

Las juezas Arlín Ventura Jiménez, Leticia Martínez y Evelyn Rodríguez, del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, dictaron este lunes una sentencia de siete años de prisión contra Elizabeth Silverio por falsificación de títulos que le permitieron impartir clases a niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en el Centro Knowledge Land, conocido como Kogland.

Además de la pena privativa de libertad, las magistradas ordenaron que Silverio cumpla su condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, y le impusieron una multa de 2 millones de pesos a favor de cada una de las víctimas.

Al término del juicio de fondo el pasado viernes, Elizabeth Silverio afirmó que no tenía ningún título falso y defendió la validez de los diplomas obtenidos a través de la educación virtual. “El Ministerio Público no logró demostrar ante el tribunal que yo falsifiqué títulos en mi computadora”, argumentó.

Los padres de los niños que recibieron atención de Silverio pidieron a las juezas que hicieran justicia en este caso. Una madre, cuyo hijo asistía a Kogland, expresó su indignación al señalar que la acusada utilizó el dinero que pagaban por la atención de sus hijos para someterse a una liposucción. “Esta estafadora hoy la vemos con cambios físicos, con una cirugía bariátrica que costó entre 8 y 12 mil dólares, con el dinero que yo pagué buscando salud para mi hijo, no su salud física”, criticó la madre durante su intervención en el juzgado.

El órgano acusador detalló en su expediente que Elizabeth Silverio engañó a los padres haciéndoles creer que era una profesional de la salud al utilizar documentos falsos. Estos documentos le permitieron ofrecer atención psicoterapéutica, consultar, evaluar, medicar y elaborar informes con recomendaciones para aplicar terapias, todo ello sellado con un exequátur falso e inexistente.

Silverio ejerció actividades relacionadas con la medicina entre enero de 2021 y junio de 2023 sin contar con la acreditación necesaria, ya que no había estudiado ni recibido formación académica en esta área. Su accionar constituye una violación de varios artículos del Código Penal Dominicano y de leyes relacionadas con la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.