El Servicio Nacional de Salud (SNS) explicó que los nacimientos provenientes de parturientas dominicanas y extranjeras en centros de la Red Pública son registrados únicamente en un Libro de Partos y Nacimientos que dispone el propio hospital y donde claramente son clasificados por nacionalidad de la madre.
Posteriormente, y tomando como fuente primaria ese Libro de Partos y Nacimientos, el personal de salud de los hospitales procede a llenar el Certificado de Nacido Vivo, identificado con el color correspondiente: blanco si la madre presenta documentación que avale su nacionalidad dominicana, y rosado si la madre es extranjera, no residente (sin distinción de país); esto por mandato del numeral 1, artículo 28, de la Ley General de Migración 285-04.
En tal sentido, el SNS precisó que las madres son quienes acuden a las oficinas de la Junta Central Electoral, ubicadas en hospitales de la Red Pública. Allí son recibidas por el personal de esa entidad responsable del registro civil y se procede a declarar el niño, en el caso de madres dominicanas.
Finalmente, el SNS informó que junto con el Ministerio de Salud Pública y la Junta Central Electoral encabeza el equipo integrado por más de diez instituciones, en cumplimiento del acuerdo de cooperación interinstitucional para el Registro Oportuno y Tardío de Nacimientos en República Dominicana, firmado en julio 2021. Con esto se persigue el propósito de alcanzar la universalización del registro de los niños que nacen, mediante la inscripción inmediata en las delegaciones de las oficialías del Estado Civil instaladas en los hospitales.