Las autoridades dominicanas han emitido una comunicación en la que desestiman los argumentos presentados por el exprocurador Jean Alain Rodríguez, quien a principios de la semana presentó un informe que alegaba que el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de la ONU había determinado que la detención del principal implicado en el caso Medusa debería considerarse «arbitraria» y que se le debía otorgar la libertad «pura y simple». Tanto el ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez, como la procuradora adjunta y directora de persecución del Ministerio Público, Yeni Berenice Reynoso, presentaron un comunicado en el que restaron validez a las afirmaciones de Rodríguez.
El canciller Álvarez explicó que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria no tiene la autoridad para tomar decisiones vinculantes para la República Dominicana ni para otros estados miembros de la ONU. Además, señaló que este grupo carece de la capacidad para emitir sentencias, a diferencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Álvarez destacó que las decisiones de este grupo no son de cumplimiento obligatorio para los Estados miembros y que, en caso de ser vinculantes, requerirían la aprobación del Congreso Nacional de la República Dominicana.
El ministro de Relaciones Exteriores también subrayó que solo tres tribunales internacionales pueden emitir sentencias vinculantes para la República Dominicana y que el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias no tiene ese poder. Además, señaló que la actuación de los organismos internacionales de protección de los derechos humanos debe ser subsidiaria, lo que significa que su función no es reemplazar las instancias jurisdiccionales internas de un país, sino intervenir solo cuando se hayan agotado todos los recursos de la jurisdicción interna o cuando estas garantías no sean efectivas.
En resumen, las autoridades dominicanas han desestimado las afirmaciones de que el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU ha dictaminado la arbitrariedad de una detención en el caso Medusa, argumentando que este grupo carece de autoridad vinculante y que sus decisiones no son de cumplimiento obligatorio para el país.